Ratifican procesamiento del dueño de un perro que sin
contar con los recaudos de seguridad mordió a un menor en un espacio público
La Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento del dueño
de un perro cuya raza se encuentra dentro de la categoría de 'potencialmente
peligrosos' de la Ley 4078/12 de la Ciudad de Buenos Aires, tras recordar que
su tenencia le imponía la asunción de los cuidados necesarios para evitar que
dañe a terceros.
En los autos caratulados “C.V.H.
s/procesamiento”, la defensa oficial presento recurso de apelación contra la resolución
que decreto el procesamiento de VHC.
Tras ponderar que VFG manifestó
que “un perro arremetió contra su hijo y lo mordió en la mano, la cara, el
pecho y la pierna, extremo que puede apreciarse corroborando con el informe del
Sanatorio Güemes, la constancia de la vacunación antirrábica dispensada en el
Hospital Durand y el informe médico forense , según el cual las lesiones fueron
provocadas por el roce o fricción contra cuerpo o superficie duro o romo, en el
contexto de un ataque canino, los jueces de la sala VII consideraron que C. violó
sus deberes de cuidado al ubicar un perro de las características mencionadas
por el propio imputado en su indagatoria – de haberlo mordido, dijo, le hubiera
arrancado un brazo” en razón de ser un perro de raza ovejero alemán, con un
peso de 40 kilos totales (aproximados) y una mordida de 2.500 kg” – en un lugar
de acceso público sin adoptar los recaudos de seguridad propias del caso “.
En la resolución del 8 de
setiembre pasado Los Res. Cicciar y Scotto recordaron que la “ley 4078/12 de
CABA incluye al “ovejero alemán” dentro de la categoría de “perros potencialmente
peligroso” y en su artículo 6º, inciso 4º impone a sus dueños la obligación de
garantizar en propiedades privadas un cerramiento adecuado para proteger a las
personas que desde el exterior se acerquen a ellas, deber ser cuidado que cabe extender,
con mayor razón, los lugares de acceso púbico.”
Luego de destacar que “quien
posee en su esfera de dominico una fuente de peligro (animales) parabienes jurídicos,
es el responsable de que tal peligro no se realice”, la mencionada Sala
concluyo que “en tanto la tenencia del aludido can hace previsible que este
pueda comportarse – como en el caso - de manera peligrosa, ello imponía la asunción
de los cuidados necesarios para evitar que dañe a terceros, pues , mas allá de
la existencia de una verja ubicada en el patio en donde se encontraría el
animal, lo cierto es que ese espacio se encuentra próximo al local emplazado en
esa misma vivienda que constituye un espacio de común circulación con el público
– quiosco – y, precisamente , en ese marco fue que el menor sufrió el ataque”
http://www.abogados.com.ar/ratifican-procesamiento-del-dueno-de-un-perro-que-sincontar-con-los-recaudos-de-seguridad-mordio-a-un-menor-en-un-espacio-publico/19279
Fuente: http://www.abogados.com.ar/ 14/12/2016
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